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El Juzgado de Garantía de Rancagua rechazó hoy –viernes 30 de junio– la fianza hipotecaria ofrecida por la defensa de Mauricio Valero Illanes, tras la resolución de la Corte de Apelaciones de Rancagua, dictada el pasado 23 de junio, que suspendió temporalmente la medida cautelar de arraigo nacional por el término de 7 días, pero previa constitución precisamente de dicha caución.

En la resolución (causa rol 1651-2015), la magistrada Loreto Salas rechazó por suficiente la caución presentada por la defensa de Valero, que ofreció la hipoteca de un departamento, un estacionamiento y una bodega, con un avalúo fiscal aproximado de $65 millones, en total.

“Que pese al ofrecimiento aludido, la Defensa no ha acompañado a la presente audiencia el certificado de hipoteca y gravamen actual de los inmuebles ofrecidos ni certificado de avalúo comercial de aquellos, hecho que impide al Tribunal valorar debidamente la suficiencia de los inmuebles para fines de caucionar el retorno de su representado al país; y sólo dicha circunstancia, permite al Tribunal rechazar el ofrecimiento verificado por la Defensa”, sostiene el fallo.

Resolución que agrega: “(…) en los autos seguidos criminalmente en contra del imputado presente se imputan diversas conductas punibles de una pluralidad mayor a aquellos ilícitos imputados a otra de las imputadas, lo que permite concluir que habiéndose autorizado en estos antecedentes la salida del país de la imputada respectiva, previa constitución de fianza hipotecaria respecto de dos inmuebles, a lo menos respecto del imputado presente debe exigirse la constitución de dos fianzas hipotecarias respecto de inmuebles cuyo valor comercial se acredite, lo que no ha sido posible de verificar por la falta de acompañamiento del correspondiente certificado y por no haberse acreditado adicionalmente, que a la época no se encuentran los inmuebles aludidos sujetos a alguna hipoteca o gravamen diverso”.

“Por lo que de acuerdo a lo razonado, se declara la insuficiencia de la fianza hipotecaria ofrecida por la Defensa del imputado Valero Illanes, respecto del inmueble singularizado en esta audiencia”, concluye la resolución.

 

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