Resumen.
La Ley 21.713, promulgada el 24 de octubre de 2024, representa un esfuerzo significativo para modernizar el sistema tributario chileno, reducir la evasión fiscal y combatir la informalidad económica. Esta normativa introduce disposiciones que abarcan desde el reporte de abonos en cuentas bancarias hasta el término de giro y la repatriación de capitales. Este análisis examina los puntos más relevantes de la ley, su impacto esperado, las implicancias para los contribuyentes y el sistema financiero, así como los desafíos asociados a su implementación.
Palabras clave: Tributación, Ley 21.713, evasión fiscal, repatriación de capitales, transparencia, recaudación fiscal, Chile.
1. Contexto y Objetivos Generales.
El sistema tributario chileno enfrenta desafíos estructurales asociados a la evasión fiscal, la informalidad económica y las brechas en la transparencia financiera. Se estima que estas problemáticas representan pérdidas fiscales de hasta el 8% del PIB, lo que equivale a aproximadamente USD 28 mil millones anuales.
La Ley 21.713 surge como respuesta a estas problemáticas, estructurándose en cuatro objetivos principales:
Reducir la evasión fiscal: A través del fortalecimiento de las herramientas de fiscalización del Servicio de Impuestos Internos (SII).
Combatir la informalidad: Fomentando la formalización de actividades económicas mediante la exigencia de inicio de actividades.
Modernizar la administración tributaria: Incorporando tecnología para un manejo más eficiente de la información tributaria.
Promover la transparencia y equidad: Al exigir mayor trazabilidad en las transacciones financieras.
2. Cambios Normativos y su Impacto.
2.1. Repatriación de Capitales.
Disposición: La ley establece un régimen transitorio que permite regularizar bienes y rentas en el extranjero pagando un impuesto único del 12%.
Impacto esperado: Este incentivo busca incrementar la base tributaria y atraer recursos al sistema formal, contribuyendo al fortalecimiento de la economía nacional.
2.2. Reporte de Abonos en Cuentas Bancarias.
Norma clave: El artículo 85 ter del Código Tributario obliga a las instituciones financieras a reportar cuentas con más de:
–50 abonos mensuales o 100 semestrales provenientes de fuentes distintas.
Contenido del reporte: Identificación del titular, número de cuenta, monto agregado y frecuencia de abonos.
Críticas: Si bien fomenta la fiscalización, genera preocupaciones sobre la privacidad de los datos financieros.
2.3. Término de Giro.
Nueva disposición: Agiliza el trámite, reduciendo el plazo de seis meses a uno para Pymes en casos específicos.
Impacto: Mejora la eficiencia administrativa, permitiendo a las empresas cerrar operaciones de manera más expedita.
2.4. Intereses por Deuda Tributaria.
Reforma: Actualiza las tasas de interés moratorio, vinculándolas a las tasas de mercado más un 3,5%, para alinearlas con las condiciones económicas actuales.
2.5. Inicio de Actividades.
Obligación: Desde julio de 2025, los bancos y plataformas digitales deben exigir inicio de actividades a sus clientes antes de realizar operaciones financieras.
3. Análisis Crítico.
3.1. Fortalezas.
Incremento en la recaudación: El gobierno proyecta ingresos adicionales de USD 3 mil millones anuales, impulsados por la reducción de la evasión y la formalización de actividades económicas.
Equidad tributaria: La normativa refuerza el principio de que todos los actores económicos deben contribuir proporcionalmente.
Modernización: La incorporación de tecnología mejora la eficiencia de la fiscalización y reduce los tiempos administrativos.
3.2. Desafíos y Riesgos.
Privacidad de datos: La ampliación del acceso del SII a información financiera genera inquietudes legítimas sobre la seguridad de los datos personales.
Carga administrativa: Las nuevas disposiciones podrían ser difíciles de implementar para pequeñas instituciones financieras y algunos contribuyentes.
Inclusión financiera: La exigencia de inicio de actividades podría limitar el acceso a servicios financieros para empresas emergentes.
3.3. Expectativas vs. Realidad.
Expectativas del gobierno: Reducir la evasión fiscal en un 25% y mejorar la formalización económica.
Realidad probable: Incrementos graduales en la recaudación, limitados por desafíos operativos y resistencia inicial de ciertos sectores económicos.
4. Otros Aspectos Relevantes.
Tarjetas de Prepago.
Exclusión: Las tarjetas no bancarias, como Tenpo y Mercado Pago, están exentas de las obligaciones del artículo 85 ter, aunque deberán reportar si son utilizadas para operaciones comerciales.
Estrategia del SII.
El SII implementará una estrategia diferenciada para tratar casos de transferencias no comerciales, actividades informales y contribuyentes formalizados con irregularidades. Este enfoque busca garantizar una fiscalización más justa y efectiva.
5. Conclusiones.
La Ley 21.713 es un avance significativo hacia un sistema tributario más transparente y equitativo en Chile. Sin embargo, enfrenta desafíos importantes en su implementación, especialmente en términos de privacidad y carga administrativa.
Perspectivas futuras:
Optimistas: Incrementos sostenidos en la recaudación y fortalecimiento de la formalización económica.
Escépticos: Persistencia de problemas asociados a la privacidad y dificultades operativas para instituciones y contribuyentes.
Resultado más probable: Mejoras graduales en la recaudación y eficiencia administrativa, acompañadas de ajustes necesarios en las fases iniciales de implementación.
Referencias.
1. Ley N° 21.713.
2. Servicio de Impuestos Internos, https://www.sii.cl/destacados/ley_cumplimiento_obligaciones_tributarias/index.html.
3. Centro de Estudios Tributarios, Universidad de Chile. «Reportes Tributarios N°164 y N°165.»
4. Resoluciones y circulares SII, 2024, referentes a la ley 21.713.