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La Ley de Derechos y Deberes entró en vigencia el 1 de octubre del año 2012, y para su mejor difusión se exigió que esta carta debe estar plasmada de manera visible y clara en la “Carta de Derechos y Deberes de los Pacientes”  presente en instituciones tales como: consultorios, hospitales y clínicas del país, teniendo como objetivo establecer cuáles son los derechos y deberes de las personas en relación con las acciones vinculadas a su atención de salud.

A casi seis años de su implementación, conversamos con Victoria López Guerrero, trabajadora social de la Oficina de Informaciones Reclamos y Sugerencias (OIRS) del Hospital de Santa Cruz, quién nos cuenta respecto a la influencia de esta Ley en la comunidad usuaria del establecimiento. “Si bien los usuarios tienen conocimiento de esta Ley, no es a cabalidad, porque si bien saben que tienen derechos no tienen muy identificado que  también tienen deberes”, aclara.

Respecto de si han existido cambios de comportamiento acordes con estas directrices, la trabajadora social indica que efectivamente “se han notado mejoras desde que se implementó porque nosotros también hemos trabajado en estas temáticas, tenemos protocolos de entrega de información para los pacientes hospitalizados y a aquellos de atención ambulatorias el médico se encarga de informarles”.

La profesional agrega que “los pacientes también han tenido una buena recepción sobre esta Ley, porque cuando ellos sienten que no recibieron un trato acorde de parte de un funcionario, inmediatamente ellos dan a conocer su malestar o se acercan  a nosotros como oficina OIRS, informándonos  que no recibieron una correcta atención”.

Victoria también comenta respecto a las medidas que se están realizando para que todos tengan derecho a conocer respecto a esta normativa. “Aparte de la carta gigante que tenemos en el hall y en el segundo piso de las salas de atención ambulatoria, nosotros confeccionamos dípticos  informativos en conjunto con el departamento de informática, los cuáles son entregados a los usuarios. También se realiza un refuerzo constante a todos los usuarios que vienen al hospital respecto a esta temática, principalmente indicando que además de ejercer sus derechos, también deben conocer sus deberes”.

La Ley de Derechos y Deberes:

Derechos:

  • Tener información oportuna y comprensible de su estado de salud.
  • Recibir un trato digno, respetando su privacidad.
  • Ser llamado por su nombre y atendido con amabilidad.
  • Recibir una atención de salud de calidad y segura, según los protocolos establecidos.
  • Ser informado de los costos de su atención de salud.
  • No ser grabado ni fotografiado con fines de difusión sin su permiso.
  • Que su información médica no se entregue a personas no relacionadas con su atención.
  • Aceptar o rechazar cualquier tratamiento y pedir el alta voluntaria.
  • Recibir visitas, compañía y asistencia espiritual.
  • Consultar o reclamar respecto  de la atención de salud recibida.
  • A ser incluidos en estudios de investigación científica, sólo si lo autoriza.
  • Donde sea pertinente, se cuente con señaléticas y facilitadores en lengua originaria.
  • Que el personal de salud porte una identificación.
  • Inscribir el nacimiento de su hijo en el lugar de su residencia.
  • Que su médico le entregue un informe de la atención recibida durante su hospitalización.

Deberes:

  • Entregar información veraz acerca de su enfermedad, identidad y dirección.
  • Conocer y cumplir el reglamento interno y resguardar su información médica.
  • Cuidar las instalaciones y equipamiento del recinto.
  • Informarse acerca de los horarios de atención y formas de pago.
  • Tratar respetuosamente al personal de salud.
  • Informarse acerca de los procedimientos de reclamo.

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