La Corte de Apelaciones de Rancagua rechazó la prescripción de la demanda de
indemnización de perjuicios presentada en contra de supermercado de Rengo
por accidente que se produjo al interior del establecimiento en enero del
año pasado.
Corte 2020 b
En fallo unánime (causa rol 58-2020), la Segunda Sala del tribunal de alzada
– confirmó la resolución atacada, dictada por el Juzgado de Policía de Rengo.
«(…) que, ahora bien, el artículo 54 de la Ley 15.231, aplicable en la
especie, estatuye que: ‘La prescripción de la acción se interrumpe por el
hecho de deducirse la demanda, denuncia o querella ante el Tribunal
correspondiente, pero si se paralizare por más de un año, continuará
corriendo el plazo respectivo'», plantea el fallo.
La resolución agrega que «(…) conforme lo anterior, la interrupción de la
acción contravencional se produjo en la especie con la sola presentación de
la querella, el 5 de julio de 2019, lo que justifica confirmar la resolución
apelada».
«Que, a lo anterior, cabe agregar que la doctrina se pronuncia en igual
sentido, al sostener que: «A dichos argumentos de la Corte Suprema se podría
haber agregado que el plazo de prescripción de seis meses, establecido por
el artículo 26 de la LPDC, es extremadamente corto, por lo que exigir la
notificación de la demanda conduce a que los derechos del
consumidor-acreedor sean ilusorios y ello va contra la lógica del Código
Civil (…)», añade.
«Por estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo 32 de la Ley
18.287, se confirma la resolución apelada de veinte de diciembre de dos mil
diecinueve, escrita a fojas 38 vuelta, dictada por el Juzgado de Policía
Local de Rengo, en causa ROL 236.733», concluye el fallo.

Dejar respuesta