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Tras la denegación de la Policía de Investigaciones de Chile a una solicitud de acceso a la información sobre “armas perdidas y/o robadas en la institución en el año 2018 hasta la fecha”, bajo el argumento que “no cuentan con los registros solicitados en los términos requeridos por el reclamante”, el Consejo para la Transparencia acogió el amparo presentado, desestimándose la alegación de la PDI de “inexistencia de dicha información” instruyendo la entrega de los datos consultados.

La decisión del CPLT de acoger el amparo contra la Policía de Investigaciones y  requerir al Director General, Héctor Espinosa, que entregue al reclamante los datos consultados, se funda en que la PDI no acreditó que se encuentra impedida de recabar los datos consultados sobre extravío y robo de armas, desestimándose la alegación de inexistencia de dicha información.

Lo anterior, en conformidad al propio marco normativo que rige a la Policía de Investigaciones como al contenido de las declaraciones manifestadas por dicha entidad en este procedimiento.

Cabe señalar que la petición original solicitaba copia y acceso a la documentación que contenga “todas las armas perdidas y/o robadas en esta institución en el año 2018 hasta la fecha de ingreso de esta solicitud, desglosado por tipo de arma, fecha de notificación de pérdida y unidad a la que correspondía el arma. Además aclara que se refiere a todo tipo de armamento balístico, corto punzante o arma blanca, como también armamento de guerra o de alto calibre”.

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