El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Rancagua condenó a José David
Gómez León a las penas efectivas de 541 y 61 días de presidio, en calidad de
autor de los delitos consumados de desacato y amenazas. Ilícitos perpetrados
en agosto de 2019, en la ciudad.
En fallo unánime (causa rol 64-2021), el tribunal aplicó, además, a Gómez León las accesorias
legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y
derechos políticos y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares
mientras duren las condenas.
Asimismo, Gómez León deberá cumplir 61 de presidio efectivo como autor del
delito consumado de lesiones menos graves y a las accesorias especiales de
obligación de hacer abandono del hogar que comparte con la víctima, la
prohibición absoluta de acercarse a ella, a su domicilio, lugar de trabajo o
estudio, así como a cualquier otro lugar al que concurra o visite
habitualmente, por el lapso de dos años, y la asistencia obligatoria a
programas terapéuticos o de orientación familiar.
El tribunal dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que el día
28 de agosto de 2019, en horas de la madrugada, en circunstancias que la
víctima se encontraba al interior de su domicilio, ubicado en el pasaje
Salvador Reyes de la población Dintrans de la comuna de Rancagua, «llegó
hasta el lugar su cónyuge, José David Gómez León, bajo los efectos del
alcohol o de las drogas, quien saltó el cierre perimetral accediendo al
inmueble, con lo que incumplió la medida cautelar de prohibición de
acercarse a aquella, decretada en causa RIT 8785-2019, del Juzgado de
Garantía de Rancagua, para luego comenzar a insultar y amenazar a doña
P.A.A.A».
En tanto, el 18 de agosto de 2019, en horas de la madrugada, «doña P.A.A.A.
se encontraba en compañía de su hijo de 15 años, al interior de su domicilio
ubicado en el pasaje Salvador Reyes de la población Dintrans, de la comuna
de Rancagua, cuando llegó al lugar José David Gómez León, cónyuge de la
primera, quien se encontraba bajo los efectos del alcohol o de las drogas, e
ingresó al inmueble, procediendo a golpear la puerta con el objeto de entrar
a la vivienda, lo que finalmente consiguió para luego comenzar una discusión
y forcejeo con su cónyuge, resultando doña P.A.A.A. con una contusión en el
antebrazo derecho de carácter leve».