El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Rancagua condenó a David Adrián Palma Ortiz a la pena de 2 años de presidio, con el beneficio de la libertad vigilada, en calidad de autor del delito de abuso sexual reiterado de menor de 14 años. Ilícito perpetrado en la comuna de San Vicente de Tagua Tagua, entre 2006 y 2012.
En fallo unánime (causa rol 142-2017), el tribunal –integrado por los magistrados Alejandro Vilches Hernández (presidente), Roberto Cociña Gallardo y María-Esperanza Franichevic´ Pedrals (redactora)– aplicó, además, a Palma Ortiz las accesorias legales de suspensión de cargo y oficio públicos mientras dure la condena; la interdicción del derecho de ejercer la guarda y ser oído como pariente en los casos que la ley designa; la sujeción a la vigilancia de la autoridad durante los 10 años siguientes al cumplimiento de la pena principal; prohibición de acercarse a la víctima, a su domicilio y a su establecimiento educacional durante el tiempo de la condena, y la inhabilitación absoluta perpetua para cargos, empleos, oficios o profesiones ejercidos en ámbitos educacionales o que involucren una relación directa y habitual con personas menores de edad.
Asimismo, el condenado quedó privado de la patria potestad, si la tuviere, o inhabilitado para obtenerla, y, además, de todos los derechos que por el ministerio de la ley se le confieren respecto de la persona y bienes de la ofendida, de sus ascendientes y descendientes, debiendo efectuarse, en su caso, las subinscripciones respectivas.
Una vez ejecutoriado el fallo, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestras biológicas del sentenciado para determinar su huella genética e inclusión en el registro nacional de ADN de condenados.
El tribunal dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que desde 2006 y hasta el verano de 2012, “en circunstancias que la víctima, concurría al domicilio de su primo, el imputado David Adrián Palma Ortiz, ubicado en sector Los Maitenes de la comuna de San Vicente de T.T., éste realizaba actos de significación sexual y relevancia sobre la víctima, (…) lo cual se repitió en diversas oportunidades”.